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PAREER II, se renuevan las ayudas a la rehabilitación energética de edificios

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Ya está aquí, por fin, la segunda edición del Programa PAREER, de Ayudas para rehabilitación energética de edificios, que concede el IDEA.

Su predecesor, el PAREER-Crece se había cerrado en mayo de 2016 (con un Gobierno en funciones y el Ministro del ramo dimitido), tras haberse superado en 37 millones los 200 inicialmente presupuestados. Año y medio después, el pasado 21 de diciembre, se publicaba en el B.O.E. esta segunda convocatoria.

Actuaciones subvencionables

Como sucedía con su predecesor, las acciones susceptibles de recibir las ayudas serán aquellas que logren una reducción de las emisiones de CO2 y del consumo de energía final de los edificios, mejorando por tanto la eficiencia energética con alguna de las siguientes actuaciones:

  • Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
  • Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación.
  • Sustitución de energía convencional por energía solar térmica.
  • Sustitución de energía convencional por energía geotérmica.

Estas actuaciones deben mejorar la calificación energética total del edificio en, al menos, 1 letra medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2/m2 año), con respecto a la calificación energética inicial del edificio.

Beneficiarios y cuantías

A estas ayudas podrán acogerse los propietarios de edificios existentes destinados a cualquier uso, con personalidad jurídica pública o privada; las comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales, constituidas como propiedad horizontal; las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios; y las empresas de servicios energéticos.

Se concederá una ayuda dineraria sin contraprestación (que podrá aumentarse según un criterio social, eficiencia energética o actuación integrada), por un importe máximo de un 30%, complementada con un préstamo reembolsable, por un importe máximo de un 70%. Los préstamos reembolsables tienen un tipo de interés Euribor + 0,0%, con un plazo máximo de amortización de 12 años, incluido un periodo de carencia opcional de 1 año. En esta edición se podrá solicitar además un anticipo de hasta el 40% de la ayuda concedida.

El programa se ha dotado con 125.658.000 € provenientes del Fondo Nacional de Eficiencia Energética.

¿Cuándo solicitarla?

Es importante tener en cuenta que, por tratarse de ayudas incentivadoras a la rehabilitación, las actuaciones no podrán haberse iniciado antes de la entrada en vigor del Programa, no considerándose elegible ningún coste facturado con anterioridad a la fecha de solicitud de ayuda. Es decir, hay que solicitar la ayuda antes de iniciar las obras.

En este link, a la página del IDAE, podéis  leer detenidamente todas las condiciones de la ayuda.

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