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Nuevo decreto del Gobierno Vasco sobre el certificado energético

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Se acaba de publicar hoy una nueva normativa relacionada con el certificado energético de los edificios, el Decreto 226/2014 de 9 de diciembre. Este nuevo decreto pretende adaptar la normativa autonómica existente en este campo (Decreto 240/2011) al Real Decreto 235/2013 de 3 de abril, que regulaba el certificado energético en el ámbito estatal.

En consecuencia se deroga dicho Decreto 240/2011, que se refería a edificios de nueva construcción, y se amplia su ámbito a todos los edificios, incluidos los existentes.

Esta nueva normativa no modifica sustancialmente los procedimientos de la certificación energética. Hace especial hincapié sin embargo en el acceso de las personas consumidoras y usuarias a la información sobre el certificado energético, su inscripción, supervisión y régimen sancionador.

 

Acceso a la información sobre el certificado energético

Entre las principales novedades destacamos:

  • Se prohíbe exhibir etiquetas diferentes a aquellas que emite la aplicación informática tras la inscripción en el Gobierno Vasco.
  • Se insiste en la obligatoriedad de exhibir la información sobre la certificación energética en toda oferta, publicidad o promoción dirigida a la venta o arriendo del edificio o parte del mismo. Se explicita como debe materializarse esta información en diferentes soportes (vallas publicitarias, prensa, anuncios de audio, etc.).
  • Los Notarios o Registradores de la Propiedad deberán exigir el Certificado de Eficiencia Energética para autorizar o inscribir escrituras de obra nueva. Así mismo el Notario deberá hacer constar, en escrituras públicas de arrendamiento o transmisión, la aportación o no del Certificado.

 

Sanciones

Se establecen dos tipos de sanciones que conllevan sanciones:

  • Las infracciones en materia de certificación eenergética se sancionarán según la Ley 8/2013, de 26 de junio, de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas.
  • Las infracciones en materia de consumo serán sancionados con lo previsto en la Ley 6/2003, de 22 de diciembre, de Estatuto de las Personas Consumidoras y Usuarias.

 

Derogaciones

Finalmente por este Decreto quedan derogados:

 

Accede al Decreto en el BOPV:

certificado energético

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