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Bonificación en el IBI para los edificios más eficientes

Se venía esperando desde hace tiempo, y ha llegado el momento: la mejora en la eficiencia energética se premiará con ventajas fiscales. Una enmienda introducida en el último momento sobre la Ley de Presupuestos del Estado para 2016 incluye una bonificación de hasta el 205 sobre el IBI, Impuesto de Bienes Inmuebles, para los edificios que ahorren energía.

Esta medida permitirá a los ayuntamientos aplicar las siguientes rebajas:

  • 20%, para edificios con calificación energética A
  • 16%, para edificios con calificación energética B
  • 12%, para edificios con calificación energética C
  • 8%, para edificios con calificación energética D
  • 4%, para edificios con calificación energética E

 

Así mismo, se prohíbe aplicar bonificaciones a las letras inferiores, F y G, correspondientes con los edificios menos eficientes.

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De este modo se pretende incentivar la rehabilitación energética de los edificios, pudiendo el propietario beneficiarse desde el inicio de una pequeña compensación, que se añadirá al consiguiente ahorro de consumos en las facturas de suministros.

Por otro lado, la escasez de control y regulación sobre la actividad de certificación plantea un nuevo riesgo: la presión que puede sufrir un certificador por parte del propietario para conseguir una calificación más bonificada que otra.

En contra, esta nueva circunstancia debe llevar al propietario a exigir certificados correctamente realizados, que rehuyan en lo posible de caracterizaciones «por defecto» de los cerramientos y sistemas, que como es sabido derivan generalemtne en calificaciones más desfavorables.

Finalmente cabe plantearse la cuestión: ¿Qué ocurre con los edificios Passivehaus o los de Consumo de Energía Casi Nulo (EECN o NZEB)? Queda claro que esta iniciativa no mira más allá de la próxima legislatura, porque como es sabido para 2020 los edificios deberán ser EECN según la directiva europea 2010/31/UE de 19 de mayo de 2010.

Más información en Expansión.

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